Detallamos a continuación la actualización de la Escala de Honorarios correspondientes a la Administración de Edificios,
De 0 hasta 10 unidades $228.037.-
De 11 hasta 20 unidades $295.000.-
El valor por unidad funcional que se adiciona al mínimo anterior, es el que se detalla dentro de las siguientes escalas:
Edificios de 21 hasta 40 unidades $ 13.700.- por unidad funcional
de 41 a 80 unidades $ 11.200.- por unidad adicional
de 81 a 200 unidades $9.153.- por unidad adicional
Más de 200 unidades $7.322.- por unidad adicional
En los casos de cocheras y espacios guardacoches:
las primeras 80 unidades $6.615.- por unidad
las siguientes hasta 200 cocheras o espacios $4.640.- por unidad adicional
más de 200 $2.745.- por unidad adicional.
Se deja aclarado que los valores corresponden a la generalidad operativa de los Consorcios. Se deberá tener en cuenta en el resto de ellos los requerimientos especiales del servicio, las características técnicas del edificio y la superficie de las unidades funcionales.
Por otra parte, en virtud del cúmulo de la diversidad de tareas que los Administradores han debido absorber en los últimos tiempos, se han establecido como Arancel Adicional las siguientes sumas:
Emisión de Certificados de Deuda Simples $ 40.000.-
Cartas de aviso de deuda $ 5.780.- (mas envío)
Certificaciones de Firmas cartas poder $ 4.014.-
Nota: En los Consorcios con servicios comunes, centrales, confort y de súper confort se establece un incremento de un 20% sobre los valores detallados.-
NORMAS DE ETICA
Se recomienda a todos los asociados respetar los Honorarios Sugeridos por esta Cámara. A tal efecto se transcribe el Art. 2 de las Normas de Ética de esta institución:
“EL ADMINISTRADOR DEBE MANTENER EL HONOR Y LA DIGNIDAD PROFESIONAL. NO SOLAMENTE ES UN DERECHO, SINO UN DEBER COMBATIR POR TODOS LOS MEDIOS LICITOS, LA CONDUCTA CENSURABLE DE OTROS COLEGAS Y DENUNCIARLA A LAS AUTORIDADES COMPETENTES O A LA CAMARA DE ADMINISTRADORES.”
CONSEJO DIRECTIVO
C.A.P.H.P.B.A.